Del derecho a la economía, y viceversa. El reencuentro desde el factor empresarial
DOI:
https://doi.org/10.52195/pm.v11i2.170Abstract
Más allá de los discursos ecuménicos sobre la relación entre el de-recho y la economía, todavía las deformaciones constructivistas hacen que cada una de estas ciencias continúen dándose las espal-das. Es decir, estamos ante hermanos siameses que insisten en no verse las caras.
No obstante ello, el peso que la ciencia económica ha venido ad-quiriendo a lo largo de los últimos años (básicamente desde fi-nes del siglo XX) ha contribuido a una aproximación que nunca tu-vo que ser traumática. Pero lo es en la medida en que a lo largo de la última centuria la ciencia jurídica viró por la senda conductista que poco o nada tenía que ver con la esencia liberal del derecho.
En este último punto, la progresiva destrucción de lo que en su día Charles Beudant (en Le droit individuel et l’etat, 1891) deno-minó la science de la liberté fue diluyendo aquello que desde el siglo XVI la corriente iusnaturalista había pergeñado en su inten-to de recuperar el derecho romano republicano para engarzar-lo con una novedad aún más oscura e incomprendida: el indivi-duo. Ya solo será cuestión de auscultar lo que ese factor ha venido significando, siendo acaso el concepto de empresarialidad el que mejor lo sopese.
Tal es como el derecho y la economía se reencuentran, recupe-rando un cauce que en su día el constitucionalismo (el del siglo XIX) lo tuvo como propio. Así pues, será la rehabilitación de esta matriz eminentemente empírica de la economía y del derecho lo que trataremos a lo largo de este breve ensayo.
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